Te informo de que hoy el Gobierno, en el Consejo de Ministros y Ministras, celebrado a las 09:30h, ha aprobado un Real Decreto-ley, que entre otras medidas, prórroga a 2027 la entrada en vigor del Reglamento VERI*FACTU. Como sabes, el Real Decreto 254/2025, fijó la entrada en vigor el 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, y antes del 1 de julio de 2026 para los empresarios y profesionales con actividad económica en el IRPF.
Por lo tanto, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades quedarán obligados a partir del 1 de enero de 2027 y los empresarios y profesionales, con actividad económica en el IRPF, el 1 de julio también de 2027.
No obstante, te recuerdo que un Real Decreto-ley debe ser sometido a votación y convalidado o derogado por el Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días.
| El 11 de diciembre de 2025 se ha convalidado el Real Decreto-ley 15-2025, en el Congreso de los Diputados, por lo que la entrada en vigor de VERIFACTU se retrasa hasta el 1 de enero de 2027, para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y hasta el 1 de julio de 2027, para los empresarios y profesionales que tengan actividad económica en el IRPF.
Quienes se han dado de alta en el Suministro Inmediato de Información (SII), para quedar excluidos de VERI*FACTU, nos informan desde la Administración tributaria que se está valorando regular, por norma reglamentaria, un plazo extraordinario de renuncia al SII, que como sabes finalizó el pasado mes de noviembre, tal y como establece el artículo 68.bis del Reglamento de IVA, aprobado por el Real Decreto 1624/1992. |
| Por otro lado, hoy se ha publicado en el BOE la Orden HAC/1425/2025, por la que se desarrollan para el año 2026 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA. Se mantienen los módulos del IRPF y del IVA y también la reducción del 5% en el rendimiento neto de módulos del IRPF.
Estamos a la espera de que se apruebe en el BOE la norma que prorrogue los límites excluyentes del régimen de estimación objetiva en el IRPF para 2026, tal y como se viene haciendo desde los ejercicios 2016 a 2025. |
| Deseamos que esta información sea útil para el desarrollo de tu actividad profesional. |


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