Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

TÍTULO I

Medidas de impulso de la actividad económica

CAPÍTULO I

Financiación de la actividad económica

Sección 1.ª Financiación e internacionalización de la empresa española (Art.1, 2)

Sección 2.ª Préstamos a las entidades locales por el fondo para

la financiación de los pagos a proveedores (Art. 3)

CAPÍTULO II

Comercio minorista y unidad de mercado (Art. 4, 5, 6, 7, 8)

CAPÍTULO III

Límites a las tasas de intercambio en operaciones de pago con tarjeta (Art. 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15)

TÍTULO II

Infraestructuras y transporte

CAPÍTULO I

Aviación civil

Sección 1.ª Disposiciones generales en materia de regulación aeroportuaria (Art. 16, 17, 18, 19, 20)

Sección 2.ª Regulación aeroportuaria (Art. 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31)

Sección 3.ª Tarifas aeroportuarias (Art. 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41)

Sección 4.ª Régimen sancionador (Art. 42, 43, 44)

Sección 5.ª Otras disposiciones aeroportuarias (Art. 45, 46, 47, 48, 49)

Sección 6.ª Aeronaves civiles pilotadas por control remoto (Art. 50)

Sección 7.ª Otras reformas en materia de navegación y seguridad aérea (Art. 51, 52, 53, 54, 55)

CAPÍTULO II

Mejora de la competitividad en el sector portuario e incremento de la inversión privada en infraestructuras portuarias (Art. 56)

TÍTULO III

Medidas urgentes en el ámbito energético

CAPÍTULO I

Gases licuados del petróleo (Art. 57, 58)

CAPÍTULO II

Sostenibilidad económica del sistema de gas natural (Art. 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66)

CAPÍTULO III

Otras medidas en el ámbito del sector de hidrocarburos y minas (Art. 67, 68)

CAPÍTULO IV

Medidas en materia de eficiencia energética

Sección 1.ª Sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética (Art. 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75)

Sección 2.ª Otras medidas en materia de eficiencia (Art, 76)

Sección 3.ª Régimen de infracciones y sanciones en materia de eficiencia energética (Art. 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86)

TÍTULO IV

Medidas de fomento de la empleabilidad y la ocupación

CAPÍTULO I

Sistema nacional de garantía juvenil

Sección 1.ª Disposiciones generales (Art. 87, 88, 89, 90, 91)

Sección 2.ª Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Subsección 1. Creación del Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Art. 92, 93, 94, 95)

Subsección 2.ª Inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Art. 96, 97, 98, 99, 100)

Subsección 3.ª Modificación de datos y baja del Sistema (Art. 101, 102, 103)

Subsección 4.ª Atención del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Art. 104, 105, 106)

Sección 3.ª Medidas de apoyo a la contratación (Art. 107, 108, 109, 110)

Sección 4.ª Disposiciones comunes al Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Art. 111, 112, 113)

CAPÍTULO II

Medidas en materia de políticas activas de empleo (Art. 114, 115)

CAPÍTULO III

Modificaciones en materia de empresas de trabajo temporal y agencias de colocación (Art. 116, 117, 118, 119)

CAPÍTULO IV

Otras medidas en el ámbito de la economía social y del autoempleo (Art. 120, 121)

TÍTULO V

Medidas fiscales (Art. 122, 123, 124)

«Disposición transitoria única. Régimen transitorio del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito en relación con las Comunidades Autónomas

Disposición adicional primera. Modificación de la Ley 39/2007, de la carrera militar.

Disposición adicional segunda. Oferta de plazas en las escalas de oficiales y suboficiales

de los cuerpos específicos de los ejércitos y de los cuerpos comunes de las Fuerzas

Armadas.

Disposición adicional tercera. Oferta de plazas en las escalas de tropa y marinería.

Disposición adicional cuarta. Plazas de acceso a cuerpo y escala.

Disposición adicional quinta. Acceso a una relación de servicios de carácter permanente.

Disposición adicional sexta. Reservistas voluntarios.

Disposición adicional séptima. Escala superior de oficiales de la Guardia Civil.

Disposición adicional octava. Convocatorias.

Disposición adicional novena. Evento 120 años de la Primera Exposición de Picasso.

Disposición adicional décima. Formalización al vigente presupuesto de la Sección 34

«Relaciones Financieras con la Unión Europea» de anticipos pendientes de aplicar al

Presupuesto a 31 de diciembre de 2013.

Disposición adicional undécima. Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.

Disposición adicional decimosegunda. Modificación del Real Decreto-ley 11/2012, de 30

de marzo, de medidas para agilizar el pago de las ayudas a los damnificados por el

terremoto, reconstruir los inmuebles demolidos e impulsar la actividad económica de

Lorca.

Disposición adicional decimotercera. Plan Director de navegación aérea.

Disposición adicional decimocuarta. Aeropuertos de interés general incluidos en la red

gestionada por Aena, S.A.

Disposición adicional decimoquinta. Servicios mínimos.

Disposición adicional decimosexta. Presupuesto y programa de actuación plurianual de

Aena, S.A.

Disposición adicional decimoséptima. Régimen jurídico de ENAIRE como medio propio

instrumental.

Disposición adicional decimoctava. Órganos de gobierno de ENAIRE.

Disposición adicional decimonovena. Prórroga de la entrada en vigor de la Ley 20/2011,

de 21 de julio, del Registro Civil.

Disposición adicional vigésima. Llevanza del Registro Civil.

Disposición adicional vigesimoprimera. Gratuidad del servicio público

Disposición adicional vigesimosegunda. Otras modificaciones de la Ley 20/2011, de 21

de julio

Disposición adicional vigesimotercera. Uniformidad de los sistemas y aplicaciones informáticas en las Oficinas del Registro Civil.

Disposición adicional vigesimocuarta. Funciones de los Juzgados y Tribunales en materia de Registro Civil.

Disposición adicional vigesimoquinta. Bonificación en la cotización a la Seguridad Social

por las prácticas curriculares externas de los estudiantes universitarios y de formación

profesional.

Disposición transitoria primera. Liquidación a cuenta de retribución durante el segundo

periodo retributivo de 2014 para las actividades de transporte, plantas de

regasificación, almacenamientos básicos y distribución.

Disposición transitoria segunda. Gas de operación para autoconsumo de las plantas de

regasificación.

Disposición transitoria tercera. Aplicación del sistema de referencia geodésico.

Disposición transitoria cuarta. Normas transitorias en relación con las tarifas hasta la

aplicación del primer Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).

Disposición transitoria quinta. Primer Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).

Disposición transitoria sexta. Establecimiento de condiciones de eficiencia para el

periodo 2015-2025.

Disposición transitoria séptima. Régimen de aplicación gradual de la caja doble desde el

inicio de 2015 hasta fin de 2018.

Disposición transitoria octava. Prestaciones patrimoniales públicas por carga.

Disposición transitoria novena. Normas transitorias en relación con los Comités de

Coordinación Aeroportuaria.

Disposición transitoria décima. Normas transitorias en materia de clasificación de

aeropuertos a efectos de la aplicación de las tarifas aeroportuarias de Aena, S.A.

Disposición transitoria undécima. Normas transitorias en materia de funciones aeroportuarias.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición final primera. Título competencial.

Disposición final segunda. Habilitación normativa.

Disposición final tercera. Incorporación de derecho comunitario.

Disposición final cuarta. Modificación de disposiciones reglamentarias.

Disposición final quinta. Entrada en vigor.

ANEXOS: I… XII.

NOTA 1: Comentarios del Colegio de Economistas ELA