Resolución de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Tributos, en relación con la deducibilidad de los intereses de demora tributarios, en aplicación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
NOTA 1 Comentarios en el blog del profesor Gregorio Labatut Serer
1 Comentario
Actualizada la NOTA 1 el día 07/04/2016 a las 16:32