APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DE PAGO
Instrucción 6/2013, del Departamento de Recaudación, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago en materia de retenciones e ingresos a cuenta y de deudores en situación de concurso de acreedores
Si miramos solamente la lógica alguien se puede preguntar de una forma un tanto rocambolesca cómo es posible aplazar un pago a cuenta. Es lo mismo que si yo lo le pido a un cliente un anticipo por futuros suministros y me dice que me lo pagará a 90 días. A lo que, ineludiblemente, contestaré, ¿entonces qué objeto tiene el aplazamiento si en esa fecha ya te he suministrado la mercancía?.
En este sentido la circular lo deja muy claro.


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