CAMBIOS EN LOS INFORMES DE SOSTENIBILIDAD E INFORMACIÓN NO FINANCIERA-DIRECTIVA CSRD

CSRD: 4 siglas que van a revolucionar  la información empresarial, en 10 claves INFORMACIÓN NO FINANCIERA/ Llegan las nuevas exigencias sobre presentación de informes  de sostenibilidad, que modifican y amplían considerablemente los requisitos para su elaboración. Por Pedro Biurrun

Acciona, ACS, Aena, Amadeus, Cellnex, Enagás, Endesa, Ferrovial, Fluidra, Grifols, Iberdrola, Inditex, Naturgy, Redeia, Repsol y Telefónica son las dieciséis compañías españolas, de un total de 275 empresas europeas analizadas en el informe Taxonomía de la UE: hacia una mayor transparencia en ESG de KPMG según el cual el año pasado el 61% de las empresas europeas habían reportado el indicador de volumen de negocio vinculado a las actividades económicas elegibles por la Taxonomía verde. Pero lo que se viene con la directiva CSRD va mucho más allá y va a exigir más recursos humanos, tecnológicos y nuevos procesos. Pese a que las elecciones en España podrían retrasar su trasposición, la directiva tiene sus fechas definidas, lo que va con retraso –era para este mes– son los estándares (Efrag) con cerca de 1.100 requerimientos de información a las compañías que recogerán los actos delegados. “Las compañías deben comprender bien qué se les va a exigir, porque se trata de un cambio copernicano y va directamente de gestión disfrazado de reporting; para salir bien en la foto van a tener que cambiar muchas prácticas y les va a obligar a revisar los sistemas de control interno e información no financiera”, explica Ramón Pueyo, socio responsable de Sostenibilidad y Buen Gobierno en KPMG. ¿Cómo enfrentarse a tales exigencias? La consultora ha elaborado la guía 20 preguntas para entender la CSRD. EXPANSIÓN ha tenido acceso a la misma y éstas son las cuestiones fundamentales:  1¿Cuándo y a quién aplican los nuevos estándares? Las normas (ESRS) se aplicarán gradualmente a rtir del 1 de enero de 2024 (reporting en 2025).

Primero, las grandes empresas de la UE y las extracomunitarias cotizadas en la UE y con más de 500 empleados, y se ampliará: grandes empresas de más de 500 empleados en 2024 (reporting en 2025); otras grandes empresas, que superen dos de los tres criterios siguientes: 250 empleados, ingresos netos de 40 millones de euros y activos totales por valor de 20 millones de euros, en 2025 (reporting en 2026); pymes cotizadas, en 2026 (reporting en 2027), con la opción de retrasarlo dos años; empresas matrices no pertenecientes a la UE, en 2028 (reporting en 2029). 

2¿Hay exenciones? Existe la exención de grupo: las empresas dependientes podrían quedar exentas si la sociedad dominante pone a su disposición un informe de sostenibilidad conforme a la CSRD. Hay otras excepciones en el caso de empresas matrices extracomunitarias y por equivalencia. También, específicas que las empresas podrían aplicar en los primeros años de adopción. Por ejemplo, no es necesaria la comparativa en el año uno; la información sobre la cadena de valor (emisiones de Alcance3) no necesitaría estimarse y podría omitirse si no se dispone de ella hasta el año tres.

  3¿Qué información se debe presentar? La información se referirá a medio ambiente, social y gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés). Cada norma europea CSRD:4 siglas que van a revolucionar  la información empresarial, en 10 claves INFORMACIÓN NO FINANCIERA/ Llegan las nuevas exigencias sobre presentación de informes  de sostenibilidad, que modifican y amplían considerablemente los requisitos para su elaboración. (ESRS) establece requisitos obligatorios comunes para todas las empresas declarantes con el fin de garantizar la comparabilidad. Se elaborarán 40 normas adicionales para abordar los requisitos específicos de cada sector, que se adoptarán más adelante. Cuando sea necesario, la empresa proporcionará información adicional específica. La Norma de Selección Sectorial abarca 14 grupos sectoriales, que se subdividen en 40 sectores, como agricultura, construcción o energía. Los borradores se publican este año. 

4¿Qué es la doble materialidad? La información es material desde el punto de vista financiero si puede tener una influencia importante en los flujos de efectivo, la evolución, los resultados, la posición, el coste del capital o el acceso a la financiación de una empresa a corto, medio o largo plazo, pero no se recoge (aún en su totalidad) en la información financiera. La información es material desde la perspectiva del impacto si la empresa causa impactos importantes, reales o potenciales, positivos o negativos sobre las personas o el medio ambiente a través de sus propias operaciones, productos o servicios, incluida su cadena de valor ascendente y descendente. La doble materialidad se refiere a la totalidad tanto de la materialidad financiera como de la materialidad de impacto. 

5¿Qué debe incluirse de la cadena de valor? La directiva europea afecta indirectamente a las empresas de la cadena de valor de las declarantes obligadas (proveedores, entre otros). La empresa también debe evaluar sus impactos, riesgos, oportunidades (IRO) a través de las operaciones ascendentes y descendentes y explicar cómo gestiona las cuestiones de sostenibilidad en la cadena de valor.

6¿Cómo estructurar y presentar los contenidos del informe de sostenibilidad? Deben presentarse en un apartado específico del informe de gestión. La información financiera puede elaborarse independientemente. El informe debe contener cuatro partes: información general, medioambiental, social y de gobierno corporativo. Este informe de gestión y los estados financieros deben estar firmados por la dirección o el consejo ejecutivo.   

7¿Verificación limitada o razonable? La directiva europea exige revisiones en todos los temas: verificación limitada –no se detectan aspectos negativos– desde la fecha del informe inicial, y ambición de pasar a una verificación razonable –más profunda y similar a la financiera– en el futuro. Los Estados miembros pueden optar por permitir que la verificación de los informes de sostenibilidad sea de un auditor separado o un proveedor de verificación independiente. 

8¿Y si se han adoptado otros marcos de reporte? Habrá que identificar las diferencias conceptuales con los marcos existentes comparando las definiciones, los principios rectores y la base de preparación, así como los principios de los requisitos transversales. Será necesario adaptar el informe e identificar dónde se necesitarían datos adicionales y si los marcos permiten la elaboración de informes integrados o requerirían que la empresa emitiera dos informes separados.

  9¿Qué significa la etiqueta digital? La directiva exige a las empresas que preparen su informe de gestión en formato XHTML, de conformidad con el Reglamento sobre el formato electrónico único europeo (ESEF, por sus siglas en inglés), y que etiqueten la información sobre sostenibilidad comunicada de acuerdo con la taxonomía XBRL. 

10¿Qué impacto tiene la directiva CSRD? Requiere la introducción de nuevos procedimientos de medición y elaboración de informes, disposición de sistemas y controles sólidos y la verificación de un tercero para obtener garantías del informe. Puede tener costes como incorporaciones de empleados a jornada completa a la plantilla; costes administrativos puntuales y recurrentes; de verificación, y de obtención de información de la cadena de valor. Afecta a las capacidades humanas, a los procesos y a los sistemas y datos. Como dice Pueyo: “Un cambio Copernicano”