Sobre el tratamiento contable de las condonaciones de deudas realizadas por los fundadores o patronos de las fundaciones. Consulta número 4 del BOICAC número 135 septiembre 2023.-

 

Conclusiones del ICAC: Por tanto, de acuerdo con la normativa de aplicación, las subvenciones otorgadas por los fundadores o patronos cuyo objeto sea la condonación de deudas se imputarán como ingreso del ejercicio en el que se produzca la misma