SUBVENCIONES ACTUALIZACIONES TDT:

 

Resolución de 7 de noviembre de 2014, de la Entidad Pública Empresarial

Red.es, por la se convoca la concesión directa de subvenciones destinadas a

compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de

comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la

liberación del dividendo digital.

 

Donde podemos destacar los hechos más relevantes:

Serán susceptibles de obtener subvención las actuaciones necesarias para la recepción o el acceso al servicio de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones regidas en comunidad de propietarios y sujetas al régimen de propiedad horizontal, que cuenten con sistemas de recepción afectados por el proceso de liberación del dividendo digital, y que se realicen entre el 1 de junio de 2014 y el 30 de junio de 2015.

Podrán solicitar y, en su caso, obtener la condición de beneficiario las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificios sujeto al régimen de propiedad horizontal establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.

Empresas instaladoras: Puede consultarse la relación de empresas instaladoras inscritas en los Registros de Empresas Instaladoras de Telecomunicación accediendo a la URL:

http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/Infraestructuras/RegistroInstaladores/

Paginas/ConsultaInstaladores.aspx

La solicitud y tramitación de las subvenciones se realizarán a través de la plataforma electrónica disponible en https://ayudas.televisiondigital.gob.es

Los solicitantes podrán presentar su solicitud únicamente por vía telemática, a través del servicio del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, accesible en https://ayudas.televisiondigital.gob.es, donde deberán cumplimentar el formulario electrónico habilitado a tal efecto y aportar la documentación en formato electrónico que resulte exigible

Las solicitudes de subvención se podrán presentar a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», hasta el día 30 de junio de 2015. Se admitirán actuaciones que se realicen entre el 1 de junio de 2014 y el 30 de junio de 2015